MCVRC PRESENTA UN BREVE DE AMICUS URGANDO HONRAR LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LA AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LIBERACIÓN DE DETENIDOS

MCVRC PRESENTA UN BREVE DE AMICUS URGANDO HONRAR LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LA AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LIBERACIÓN DE DETENIDOS

El miércoles 8 de abril de 2020, Maryland Crime Victims ‘Resource Center, Inc. (MCVRC), en nombre de todas las víctimas de delitos de delincuentes juveniles detenidos en Maryland, presentó un escrito de Amicus en el tribunal más alto de Maryland, el Tribunal de Apelaciones, en un caso llamado En re JB (y otros delincuentes juveniles no identificados pero detenidos), No. 19, Período de 2019. Los menores peticionarios habían solicitado a la Corte de Apelaciones, a causa del virus Covid-19, que ordenara recursos de emergencia, incluida la liberación total de muchos, sin requerir audiencias individuales en cada caso y sin respetar los derechos de las víctimas del delito afectadas en esos casos. . MCVRC presentó oportunamente su oposición a esta solicitud de emergencia de acciones generales y liberaciones, a pesar de que MCVRC no recibió esta petición judicial cuando se presentó cuatro días antes, a pesar de que el abogado del peticionario sabía que MCVRC representa a varias víctimas de esta clase de delincuentes juveniles. .

 

Tratando esta petición en forma de emergencia, la Corte falló el 10 de abril de 2020, en consonancia con la posición que instó a MCVRC. La Corte determinó que no existía una base jurisdiccional para ordenar amplias reparaciones y liberaciones de Covid-19 sin un registro específico a continuación de la solicitud de liberación en ninguno de los casos y, por lo tanto, ninguna oportunidad para que las víctimas de delitos sean escuchadas. Posteriormente, el 13 de abril de 2020, el Juez Jefe de la Corte de Apelaciones, ejerciendo su autoridad administrativa, ordenó a los tribunales inferiores revisar cuidadosamente las condiciones de custodia de cualquier menor detenido cada dos semanas, pero específicamente para honrar los derechos de las víctimas de delitos al hacer entonces. El 14 de abril de 2020, un artículo en el periódico New York Times citó el escrito de MCVRC Amicus por su nombre como un factor en el fallo de la corte.

 

Los abogados de MCVRC que representan a víctimas de delitos han asistido y han sido escuchados en dos audiencias de revisión de liberación recientes para menores a quienes se les negó la liberación, una relacionada con la muerte de la víctima, y esos asuntos se volverán a escuchar en breve de conformidad con las nuevas pautas administrativas.

MCVRC es una organización estatal sin fines de lucro cuya misión es garantizar que los derechos de las víctimas de delitos se implementen plenamente y que las víctimas de delitos sean tratadas con dignidad y compasión. MCVRC (www.mdcrimevictims.org/ayuda) permanece abierto al público, gran parte de él se maneja de forma remota, incluida la representación legal gratuita, el asesoramiento en caso de duelo y otra asistencia. Puede comunicarse con MCVRC, sin cargo, al 1-877-VICTIM-1.

MCVRC PRESENTA UN BREVE DE AMICUS URGANDO HONRAR LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LA AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LIBERACIÓN DE DETENIDOS

MCVRC… Ayudando a definir la restitución para las víctimas en el Tribunal de Apelaciones de Maryland

El 1 de abril de 2019, la corte más alta de Maryland, la Corte de Apelaciones de Maryland, emitió una decisión (en referencia a GR, No. 32, Término de 2018), revocando una decisión anterior de la corte de apelaciones intermedia de Maryland. La decisión del Tribunal de Apelaciones de Maryland define mejor la restitución para las víctimas.

El fallo anterior de la corte de apelaciones había rechazado la restitución por el costo de la víctima de cambiar las cerraduras de las casas familiares de la víctima después de que a la víctima le robaron las llaves de su casa. Ese tribunal dictaminó que el robo de las llaves de la casa de la víctima «no causó daños inmediatos a ninguna de las cerraduras» de la casa.

Maryland Crime Victims ‘Resource Center, Inc., preparó y presentó un escrito amicus «amigo de la corte» que argumentó que la restitución es apropiada incluso cuando no hay daño físico por un crimen y el daño ocurre en un lugar alejado de la escena del delito, si el delito disminuye el valor de la propiedad de la víctima, en este caso su valor proporciona seguridad.

El tribunal superior de Maryland sentó un precedente al permitir la restitución, no solo para las llaves nuevas para reemplazar las llaves robadas a la víctima, sino también para cambiar las llaves de las cerraduras de su casa. Como se indica en la conclusión de la decisión de la Corte de Apelaciones, la restitución fue permitida porque “… la decisión de cambiar la llave de las cerraduras no fue un acto intermedio. En cambio, fue una acción necesaria para restaurar y mantener la santidad y seguridad de las casas a las que pertenecían las llaves ”. En consecuencia, esta sentencia permite a las víctimas solicitar la restitución de los daños causados por un delito, incluso si el imputado nunca se encuentra en el lugar donde ocurrió el daño, siempre que el daño sea un “resultado directo” del delito.

Russell P. Butler, Director Ejecutivo de MCVRC, y Victor Stone, abogado de planta, presentaron el escrito Amicus de MCVRC apoyando el derecho de las víctimas del crimen a la restitución por el costo de cambiar las llaves de las cerraduras de sus casas.

MCVRC es una organización sin fines de lucro en todo el estado de Maryland cuya misión es garantizar que los derechos de las víctimas de delitos se implementen plenamente y que las víctimas de delitos sean tratadas con dignidad y compasión.

MCVRC PRESENTA UN BREVE DE AMICUS URGANDO HONRAR LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LA AUDIENCIA DE REVISIÓN DE LIBERACIÓN DE DETENIDOS

MCVRC … Ayudar a definir la restitución para las víctimas federales

Upper Marlboro, Maryland — En una decisión publicada el 26 de julio de 2019, titulada In re: Carlos Brown, núm. 18-1527, resultante de una petición de mandamus de apelación presentada en nombre de un cliente víctima por el Centro de Recursos para Víctimas de Delitos de Maryland, el Cuarto Circuito concedió la petición de mandamus del MCVRC y puso límites a las decisiones de los jueces federales de primera instancia de rechazar por completo las solicitudes de restitución de las víctimas, como ocurrió aquí, porque los jueces prefieren no ocuparse de la restitución.

Después de que la víctima solicitara la revisión en apelación de la denegación total por el tribunal sentenciador de la solicitud de restitución de la víctima, la defensa impugnó inicialmente el derecho de la víctima a ir directamente desde el tribunal federal de delitos menores por mandamus directamente al tribunal de apelaciones, argumentando que cualquier queja de este tipo de la víctima debe ir primero al tribunal de distrito que se ocupa de los delitos graves y que designó al juez magistrado. El tribunal de apelaciones discrepó y, tras analizar muchos de los estatutos de los magistrados federales, declaró (slip op. 13-14):

…concluimos que un tribunal de primera instancia está incluido en el término «tribunal de distrito» según [18 U.S.C.] § 3771(d)(3). * No vemos ningún fundamento, sub silentioEn efecto, no es posible establecer tal distinción [entre los tribunales de primera instancia y los de distrito] en ausencia de una instrucción específica del Congreso. Hacerlo crearía el absurdo resultado de que, en virtud del § 3771(d)(3), una víctima de delito podría presentar una petición contra la denegación de la restitución si un juez de distrito tomara la decisión, pero no podría hacerlo si un juez magistrado tomara la misma decisión.

La interpretación de [la acusada] Boone exige que, cuando un juez de instrucción se niega a conceder una restitución de conformidad con § 636(a) y § 3401 en un caso de delito menor, una víctima no puede ejercer sus derechos legales en virtud de § 3771(d)(3) para solicitar la revisión en apelación de esa decisión. Boone no señala otra autoridad legal que su tortuosa interpretación del § 3771(d)(3), que niega de hecho los derechos específicos de las víctimas de delitos garantizados por la CVRA. Interpretar los estatutos como propone Boone contradice directamente la intención expresa e inequívoca del Congreso de que, independientemente de que el delito subyacente sea un delito menor, «[l]a víctima del delito o representante legal de la víctima del delito [así como] el abogado del Gobierno puede hacer valer» los derechos de restitución previstos en § 3771. § 3771(d)(1).

A continuación, tras hallar una jurisdicción adecuada para la petición de mandamus de la víctima, el tribunal de apelación sostuvo que el juez magistrado había abusado de su discreción al no ordenar restitución alguna, declarando, slip op.18-19:

Aunque el tribunal constató ciertos hechos relacionados con cada uno de los factores legales -la necesidad de restitución de la víctima y la carga impuesta al tribunal sentenciador-, no articuló cómo sopesó esos factores para determinar que la restitución no estaba justificada. Al no hacerlo, el tribunal incumplió el deber que le impone el § 3663(a)(1)(B)(ii) de sopesar expresamente: la carga de resolver la cuestión de la restitución frente a la conveniencia de la restitución inmediata -o dicho de otro modo, una ponderación de la carga que supondría para el tribunal resolver la restitución en la causa penal frente a la carga que supondría para la víctima dejarle a su disposición otros recursos legales. Estados Unidos contra Kones, 77 F.3d 66, 68-69 (3d Cir. 1996). Dicho de otro modo, el tribunal abusó de su discrecionalidad al no exponer por qué la carga de complejidad o retraso de la sentencia compensaba la necesidad de restitución de Brown. Este abuso de discrecionalidad perjudicó a Brown porque no recibió ninguna de las restituciones solicitadas a las que podría tener derecho en virtud de la VWPA. En consecuencia, concedemos la petición de mandamus, anulando así la orden por la que se denegó la restitución, y devolvemos el caso para que el juez magistrado realice y explique en el expediente su análisis de ponderación para determinar si concede la restitución.

Este requisito de que un tribunal que deniegue la restitución «explique en acta su análisis de ponderación» significa que los tribunales no pueden escudarse en ninguna oposición filosófica o pragmática de programación para no entrar en el tema de la restitución en un caso penal. En este caso, la víctima renunció a propósito a sus complejas pérdidas por gastos médicos asegurados y limitó su petición simplemente a su solicitud de salarios perdidos en el pasado, respaldada por su declaración de la renta, la carta de un médico y su propio testimonio, con lo que «la carga que el cálculo de la restitución supondría para el proceso de imposición de la pena» (slip op. 20) era casi intrascendente. Aun así, el juez de instrucción se negó a ordenar restitución alguna por tratarse de una cuestión controvertida, declarando: «[E]ste es un tribunal de delitos menores. Por lo general, este tribunal no se ocupa de la restitución, y si vamos a ocuparnos de la restitución, no es por esta cantidad [es decir, 20.000 $]. * * * Aquí estamos en litigio, y por eso éste no es el foro adecuado para tratar este tipo de cifras». (Slip op. 6). Esa excusa general ya no es válida en un tribunal federal de Maryland.

El tribunal también declaró que la disponibilidad de recursos civiles alternativos «no es más que un factor que el tribunal debe sopesar y no debe ser el factor determinante en sí mismo. Más bien, la ‘consideración primordial’ de la excepción de complejidad [excepción que la defensa invoca habitualmente] ‘es la carga que el cálculo de la restitución supondría para el proceso de imposición de la pena'». (slip op. 20). Anteriormente, este juez sentenciador, como admitió el propio tribunal, rara vez, si acaso, ordenaba la restitución de las víctimas. Ahora que el MCVRC ha sacado a la luz la incapacidad de este tribunal para hacer su trabajo, las solicitudes de restitución simplificadas, como la presentada aquí por el MCVRC en nombre de esta víctima, tienen muchas más probabilidades de ser concedidas.

×